Nota di Radio Spada: continua come sempre la sua collaborazione con Radio Spada il carissimo amico Juan Diego Ortega Santana, titolare del blog sicutoves.blogspot.com. Si tratta della prima rubrica radiospadista dedicata al pubblico spagnolo e ispanofono che ci segue da anni con grande simpatia ed affetto. Un sentito ringraziamento all’amico Juan Diego, vero cattolico integrale,  che in molte occasioni ci ha testimoniato il suo affetto e la sua stima. Pregate per Lui. Buona lettura! (Piergiorgio Seveso)

Nota de Radio Spada: Continúa como siempre su colaboración con Radio Spada el muy querido amigo Juan Diego Ortega Santana, propietario del blog sicutoves.blogspot.com. Esta es la primera columna de radiospadistas dedicada a la audiencia española e hispana que nos ha estado siguiendo durante años con gran simpatía y afecto. Un sincero agradecimiento a mi amigo Juan Diego, un verdadero católico integral, que en muchas ocasiones ha sido testigo de su afecto y estima. ¡Ora por él! ¡Feliz lectura! (Piergiorgio Seveso)

EL AYUNO DE LA ANUNCIACIÓN
 


                 Es una doctrina tradicional de la espiritualidad cristiana que el arrepentimiento, el alejarse del pecado y volverse a Dios, incluye alguna forma de penitencia, sin la cual al cristiano le es difícil permanecer en el camino angosto y ser salvado (Jer. 18,11,25,5; Ez. 18,30,33,11-15; Jl. 2,12; Mt. 3,2; Mt. 4,17; He. 2,38). Cristo mismo dijo a sus discípulos que ayunaran una vez que Él partiera (Lc. 5,35). La ley general de la penitencia, por lo tanto, es parte de la ley de Dios para el hombre.

                La Iglesia ha especificado días obligatorios de ayuno y abstinencia de carne, para asegurarse que los católicos realicen de alguna manera penitencia, como lo requiere la ley divina, y a la vez hacerles más fácil el cumplir con esta obligación.

               El ayuno obliga a los que han cumplido 21 años. Están dispensados: los que hacen trabajos pesados, los faltos de salud, los pobres que viven de limosna y los que han cumplido 60 años.

               La ley de abstinencia debe ser observada por todos desde la edad de siete años. Los días de abstinencia no se pueden comer ningún tipo de carnes (vaca, cerdo, aves), ni alimentos derivados de las mismas; por ejemplo, sopas, fiambres, etc.

             No hay obligación de hacer ayuno y abstinencia si caen en días de fiestas de guardar, aún si es viernes (esto fuera del tiempo de cuaresma).